COMUNICADO N° 005-2025-DIIS/INS
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COMUNICADO N° 005-2025-DIIS/INS Fecha de publicación: 29/10/2025 |
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Cumplimiento del Reglamento de Ensayos Clínicos en la presentación y autorización de los formatos de consentimiento informado El Reglamento de Ensayos Clínicos, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2017-SA. prescribe en el Capítulo II del Título III, la obligatoriedad obtención del consentimiento informado en modo y forma, a través del Formato de Consentimiento Informado, el cual debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 34 del mismo cuerpo reglamentario; El Patrocinador que solicita la autorización para la ejecución de un Ensayo Clínico deberá presentar el Formato de Consentimiento Informado (principal) y la totalidad de Formatos de Consentimiento adicionales, complementarios o específicos[1]de corresponder, según la naturaleza del Ensayo Clínico y la población participante; Asimismo, se exhorta a los administrados a garantizar que cada formato de consentimiento informado presentado:
El Instituto Nacional de Salud, a través de la DIIS-SUDEC, reafirma su compromiso con la protección de los participantes en investigación y la aplicación de prácticas éticas y regulatorias alineadas con los estándares internacionales. Atentamente, Subdirección de Ensayos Clínicos
_______________ [1] Por ejemplo, aquellos aplicables a la recolección y almacenamiento de muestras biológicas para uso futuro, tamizaje, investigaciones opcionales o cohortes particulares, procedimientos específicos, mujeres embarazadas y sus parejas, menores de edad mediante asentimiento informado, o los destinados a padres o representantes legales que otorgan el consentimiento correspondiente (Este listado es enunciativo y no limitativo) |

